12 Feb 2019
El nuevo gobierno de Andalucía formado por una coalición de PP y Ciudadanos ha confirmado el comienzo inmediato de los procesos para eliminar en la práctica el impuesto sobre sucesiones y donaciones en la región. (Click aquí para leer las medidas propuestas).
Los gobiernos autonómicos están facultados para regular ciertos impuestos y el impuesto sobre sucesiones y donaciones es uno de ellos. Los residentes en España están sujetos a la legislación de la Comunidad Autónoma donde vivan mientras que los no residentes tributan según las normas estatales.
Sin embargo, desde 2014 los ciudadanos residentes en la Unión Europea, Noruega, Islandia y Liechtenstein puede optar por aplicar la legislación que más les favorezcan entre la estatal y la de la región donde se encuentre el bien de mayor valor en España, a raíz de una modificación del Gobierno de la nación tras una resolución de los Tribunales Europeos.
En España, el tribunal supremo sentenció el pasado 19 de febrero de 2018 a favor de una ciudadana de Canadá permitiendo que se pudiera beneficiar de la legislación de Cataluña. Posteriormente le siguieron otra sentencia de 21 de Marzo a favor de Costa Rica y el 22 de Marzo sobre Suiza.
Finalmente, el 11 de diciembre de 2018 la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V3151/2018 ha declarado que los efectos de la sentencia del CJEU de 3 de septiembre de 2014 es también de aplicación a los residentes que no sean de la Unión Europea y, consecuentemente, no se pueden excluir a países terceros fuera del Espacio Económico Europeo, concluyendo que la legislación autonómica debe ser aplicable a todos los no residentes, sin importar si residen en un estado miembro de la Unión, en la EEE o en un país tercero.